Evaluación de la seguridad y cumplimiento de medidas higiénico-sanitarias en instalaciones deportivas
IGOID reúne a un grupo de expertos para la creación de un servicio de asesoría en el control y cumplimiento de todos los criterios normativos necesarios para la reapertura de instalaciones deportivas.
El servicio consiste en una evaluación en profundidad de las instalaciones y normativas con una herramienta de evaluación basada en la normativa de referencia, tanto la ya existente como la que se vendrá publicando por los organismos competentes. Gracias a ello, se conocerá el grado de cumplimiento, las carencias y, sobre todo, cómo cumplir todo lo que falte. Las instalaciones que logren el cumplimiento mínimo conseguirán un sello que permitirá informar a todos los interesados sobre su compromiso con la seguridad y la salud de los usuarios.
Qué es lo que hay que hacer
Qué es lo que hay hecho
Qué falta por hacer
Cómo hay que hacerlo
Esta evaluación incluirá la evaluación de la gestión de la concurrencia, permanencia y utilización de instalaciones deportivas, diferenciando cuatro componentes clave:
AFORO
ACCESOS
PERMANENCIA
USO
componentes están regulados mediante condiciones de obligado cumplimiento, establecidos en la legislación y normativa de aplicación estatal autonómica y local.
- Establecer los requisitos de aforo, acceso, permanencia y uso regulados.
- Informar a los concurrentes de dichos requisitos (deber de información).
- Controlar el cumplimiento de los citados requisitos respecto a os cuatro componentes citados.
Es decir, el control de aforo, el control de acceso, el control de permanencia y el control de uso.
La actual situación de excepcionalidad que se vive en España como consecuencia de la pandemia por el coronavirus Covid-19, hace que los cuatro componentes ya citados necesiten de una adecuación a las normas que establezcan las autoridades competentes.
Esas nuevas normas afectaran al aforo, a los accesos, a la permanencia y a uso por tiempo indefinido, por lo cual habrá que realizar una adaptación de la forma de gestionar la concurrencia, permanencia y utilización de las instalaciones deportivas a la nueva realidad, incluyendo los nuevos requisitos en materia de higiene y seguridad.
En consecuencia, serán acciones por parte de los servicios deportivos, a llevar a cabo sobre las que ya vienen realizando, pero que deben ser actualizadas y adaptadas a lo que se ha dado en llamar la “nueva normalidad”.
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FASE 1. INFORMACIÓN:
Información sobre las normas de obligado cumplimiento según los riesgos considerados, conocimiento, registro, ordenación, interpretación y procedimientos de aplicación.
FASE 2. FORMACIÓN:
Formación de formadores y asesores en ‘compliance’, formación de evaluadores, gestores y responsables y formación de usuarios.
FASE 3. IMPLANTACIÓN:
Asistencia para la implantación de los requisitos obligatorios de seguridad, criterios, protocolos, medios y servicios.
FASE 4. EVALUACIÓN:
Comprobación de la implantación y cumplimiento de las medidas obligatorias.
FASE 5. ACREDITACIÓN (SELLO DE ACREDITACIÓN):
Superado un nivel de cumplimiento, que podía ser entre el 95 % y el 100% se otorgaría el sello de acreditación, junto con una placa de metacrilato para la instalación o entidad deportiva


Somos una empresa que nace como spin -off de la Universidad de Castilla-La Mancha. Sus servicios están orientados a la consultoría y asesoría técnica en instalaciones deportivas y servicios deportivos.
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